MPLC Responde (FAQ)
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- Cuando el DVD es de nuestra propiedad, ¿aún necesitamos una Licencia para verlo o exhibirlo en público?
- Si. El establecimiento requiere una licencia independientemente de que la cinta o DVD sea de su propiedad. Tal propiedad sólo le garantiza el derecho para ser visto en el hogar en privado, no a su exhibición pública. Para obtener dicha autorización, tiene que dirigirse al propietario de los derechos, es decir, el productor o distribuidor.
- Yo ya pago a SCD. ¿Necesito también la autorización del productor para Exhibir públicamente una película?
- SCD solamente representa y recauda los derechos por la música, ellos no representan los derechos por las imágenes o la obra cinematográfica. De acuerdo con la Ley de Derechos de Autor, la autorización para la exhibición pública de una obra audiovisual contenida en formato DVD o VHS sólo la puede conceder el Productor de la misma o su Representante legal o legítimo titular de los derechos. En el caso de uso TV CABLE, es necesario una licencia de EGEDA Chile.
- Aún y cuando no se cobre derecho de ingreso para la exhibición ¿todavía se necesita de la licencia?
- Si. La Licencia Umbrella® para DVD o Licencia EGEDA para TV Cable cubre, precisamente, aquellas exhibiciones públicas en las que no se cobra entrada para ver la película. No obstante, independientemente de si se cobra o no algún importe, se requiere una licencia para toda exhibición pública.
- Cuando se es una institución benéfica. Aun así, ¿se necesita una licencia?
- Si. De acuerdo con la Ley, no importa el hecho de que se trate de una institución de beneficencia, agencia gubernamental o empresa privada. Toda exhibición pública de un DVD, requiere de una licencia.
- ¿Cual es el costo de una Licencia Umbrella?
- Normalmente, los costos se establecen en función de la capacidad del establecimiento. En cualquier caso, cuando esta capacidad no sea fácilmente determinable, se establecerá un precio razonable en función del tipo de negocio, naturaleza de la audiencia y frecuencia de las exhibiciones.
- Si, se exhiben DVD’s a través de nuestro sistema de circuito cerrado, ¿necesitamos una licencia?
- Si. Porque esta exhibición o difusión se equipara a la exhibición pública, ya que la utilización del DVD o VHS no se realiza directamente dentro del televisor o pantalla instalado dentro del hogar, sino a través de un sistema que la distribuye a diferentes puntos o espacios, independientemente de que se persiga o no, un fin de lucro.
- Si no somos un establecimiento abierto al público en general, ¿necesitamos, aún en este caso, una licencia?
- Si. Cualquier espacio o lugar diferente al considerado como hogar o espacio de la familia (Home-Enterteinment) y que lleve a cabo la utilización o exhibición de obras audiovisuales se puede considerar como espacio público y por lo tanto, requiere de una licencia.
- Tengo un contrato con una compañía de TV Cable para la televisión en mi restaurant necesito de una licencia?
- Los contratos con los diferentes proveedores de este servicio, ya sea de TV Cable o Satelital, autoriza solo su uso en lugares domésticos ya que estos no incluyen las licencias de EGEDA para la comunicación pública de las imágenes visual. El pago de estos derechos es obligatorio para cualquier lugar con acceso público.
- ¿La habitación de mi Clínica es un lugar privado?
- No, al contrario. Tal como lo ha resuelto la Corte Suprema (Fecha: 26/03/2007 Rol:86-2006), las habitaciones, en cualquier locación que preste servicio de alojamiento, es considerado de acceso público, por lo que es necesario pagar los derechos correspondientes por comunicación pública.